Aspectos legales

Condiciones Generales de Contratación.

para la prestación de servicios por parte de NordFlux UG (haftungsbeschränkt), Alter Holzhafen 15, 23966 Wismar, correo electrónico: kontakt@nordflux.de (en lo sucesivo, «el Contratista») frente a sus clientes (en lo sucesivo, «el Cliente»).

1. Disposiciones generales

1.1 Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en lo sucesivo, «CGC») para la prestación de servicios se aplican a los contratos celebrados entre el Cliente y el Contratista con incorporación de estas CGC.

1.2 El Contratista no celebra contratos con consumidores ni con particulares.

1.3 En la medida en que, además de estas CGC, otros documentos contractuales u otras condiciones de contratación en forma de texto o por escrito hayan pasado a formar parte del contrato, las disposiciones de dichos documentos contractuales adicionales prevalecerán sobre las presentes CGC en caso de contradicción.

1.4 El Contratista no reconoce, salvo consentimiento expreso, las condiciones generales de contratación que difieran de estas y que sean utilizadas por el Cliente.

2. Objeto del contrato y alcance de los servicios

2.1 El Contratista, como empresario independiente, presta los siguientes servicios al Cliente:

Consultoría informática, automatización de procesos (Power Automate, n8n, UiPath), capacitación en IA (Microsoft Copilot, agentes n8n, agentes de voz y de chat), así como servicios de SEO y GEO. Los servicios se prestan como proyectos puntuales (a tanto alzado), por horas o como contratos mensuales de mantenimiento y soporte de carácter continuado. Lugar de prestación: principalmente en remoto mediante videoconferencia; a petición, presencialmente en las instalaciones del cliente.

2.2 El alcance específico de los servicios será objeto de acuerdos individuales entre el Contratista y el Cliente.

2.3 El Contratista presta los servicios conformes al contrato con el mayor cuidado y diligencia posibles, conforme al estado actual de la técnica y a las reglas reconocidas de la práctica.

2.4 El Contratista está obligado a la prestación de los servicios debidos conforme al contrato. En el desarrollo de su actividad no está sujeto a instrucciones en cuanto al modo de prestación de sus servicios, al lugar de prestación ni al tiempo de prestación. No obstante, al organizar los días de actividad y la distribución del tiempo en dichos días, los fijará él mismo de manera que se logre una eficiencia óptima en su actividad y en la realización del objeto del contrato. La prestación de los servicios se efectúa en concertación y en coordinación con el Cliente.

2.5 El Contratista está facultado para emplear plataformas de terceros y subcontratistas en la prestación de los servicios conformes al contrato (entre otros, Microsoft, n8n, fertig.ai). El Cliente será informado en forma de texto sobre las prestaciones esenciales de terceros antes de su utilización. El Contratista no asume responsabilidad alguna por interrupciones del servicio, cambios de precios o limitaciones de proveedores externos que escapen a su ámbito de influencia; las disposiciones sobre responsabilidad del apartado 7 no se ven afectadas por ello.

2.6 En la medida en que el Contratista, en el marco de la prestación de servicios, ponga a disposición u opere sistemas de IA en el sentido del Reglamento (UE) 2024/1689 («Reglamento de IA» / EU AI Act), en particular agentes de voz y de chat u otras aplicaciones de IA que interactúen con usuarios finales, el Contratista aplicará medidas adecuadas para que la interacción con el sistema de IA sea reconocible para los usuarios finales de conformidad con el art. 50 del Reglamento de IA (por ejemplo, mediante avisos al inicio de la conversación, en la interfaz o en el saludo). El Cliente garantiza que dichos avisos no se eliminen ni se falseen. El Cliente, en su condición de responsable del despliegue en el sentido del Reglamento de IA, es responsable del cumplimiento de sus propias obligaciones (en particular la información a las personas afectadas, así como la formación y la competencia en materia de IA de su propio personal conforme al art. 4 del Reglamento de IA). Una eventual clasificación del sistema de IA concreto como sistema de IA de alto riesgo, así como las obligaciones resultantes y sus titulares, se regularán en el respectivo contrato individual.

3. Recepción y garantía

3.1 En la prestación de obras (en particular proyectos piloto, Discovery Sprints y demás prestaciones de proyectos puntuales), el Cliente está obligado a examinar la prestación realizada sin demora, a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de una notificación de finalización del Contratista, y a aceptarla o bien a denegar la recepción indicando de forma concreta y en forma de texto al menos un defecto esencial.

3.2 La prestación se considerará aceptada si el Cliente no la deniega dentro del plazo previsto en el apartado 3.1, en forma de texto e indicando al menos un defecto esencial. El Contratista advertirá expresamente al Cliente, en la notificación de finalización, sobre el inicio del plazo de examen, su duración y la consecuencia jurídica del silencio (recepción presunta). Son defectos esenciales aquellos que menoscaban considerablemente la utilizabilidad de la prestación.

3.3 Con la recepción comienza el plazo de garantía. La remuneración vence con la recepción, salvo que se haya pactado un acuerdo de pago diferente.

3.4 El plazo de garantía para las obras es de 12 meses desde la recepción. Quedan exceptuadas las reclamaciones derivadas de defectos ocultados de forma dolosa, las reclamaciones por lesión de la vida, el cuerpo o la salud, las reclamaciones derivadas de incumplimientos de obligaciones por negligencia grave o dolo, así como los casos en los que disposiciones legales imperativas prevean plazos más largos; en tal medida regirán los plazos legales.

4. Deberes de colaboración del Cliente

Corresponde al Cliente comunicar de forma completa y correcta la información, los datos y demás contenidos que deba poner a disposición para el cumplimiento de la prestación. El Contratista no es responsable frente al Cliente de los retrasos y demoras en la prestación de servicios que se deriven de una colaboración o aportación tardía o incompleta del Cliente; las disposiciones bajo el epígrafe «Responsabilidad/Exención» no se ven afectadas por ello.

5. Remuneración

5.1 La remuneración se acuerda mediante contrato individual.

5.2 La remuneración debe abonarse tras la prestación de los servicios. Si la remuneración se calcula por periodos de tiempo, deberá abonarse al vencimiento de cada periodo (§ 614 del Código Civil alemán, BGB). En caso de facturación según el esfuerzo, el Contratista está facultado, salvo acuerdo en contrario, a facturar mensualmente los servicios prestados.

5.3 El Contratista emite al Cliente, tras la prestación de los servicios, una factura por correo postal o por correo electrónico (por ejemplo, en formato PDF). La remuneración vence para su pago sin deducción dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la factura.

5.4 En el caso de servicios basados en el uso (en particular, tarifas dependientes del volumen, como precios por minuto en agentes de voz y de chat), la facturación se realiza mensualmente con carácter posterior sobre la base del uso real. La base de facturación son los valores de medición del Contratista o de la plataforma de terceros empleada; el Contratista documenta los valores de medición subyacentes y los pone a disposición del Cliente a petición de este. Las objeciones contra la facturación deben formularse en forma de texto dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la factura; las objeciones presentadas en plazo serán examinadas por el Contratista y, en caso de estar justificadas, se tendrán en cuenta mediante la corrección de la factura. Los derechos legales del Cliente a formular objeciones contra la facturación también una vez transcurrido el plazo no se ven afectados; el plazo no genera ninguna inversión de la carga de la prueba en perjuicio del Cliente.

6. Derechos de uso

6.1 Respecto de los resultados de trabajo elaborados específicamente para el cliente (en particular procesos de automatización, scripts, configuraciones de agentes de IA, prompts y documentación relativa al proyecto desarrollados por encargo y conforme a los requisitos del Cliente y confeccionados exclusivamente para el Cliente), el Contratista concede al Cliente, tras el pago íntegro de la remuneración pactada, un derecho de uso exclusivo, ilimitado en el tiempo y en el espacio, transferible y sublicenciable, para todos los tipos de uso conocidos dentro de la finalidad de empleo acordada.

6.2 Respecto de los módulos estándar, frameworks, plantillas, bibliotecas, conectores genéricos, métodos y conocimientos generales («conocimientos previos») aportados por el Contratista o desarrollados por él con anterioridad, el Cliente obtiene, en la medida necesaria para el uso conforme a su destino de los resultados de trabajo cedidos según el apartado 6.1, un derecho de uso simple y no transferible para la finalidad de empleo acordada. Toda transmisión de estos conocimientos previos que exceda de lo anterior requerirá un acuerdo escrito por separado.

6.3 El software estándar, las bibliotecas y las plataformas de terceros (entre otros, Microsoft, n8n, fertig.ai) permanecen en propiedad de los respectivos titulares de derechos y están sujetos a sus condiciones de licencia.

6.4 El Contratista está facultado para utilizar en otros proyectos los conocimientos y experiencias generales (know-how) adquiridos en el marco de la colaboración, siempre que con ello no se revele información confidencial del Cliente ni se vulneren los derechos de uso exclusivos del Cliente conforme al apartado 6.1.

7. Responsabilidad / Exención

7.1 El Contratista responde de forma ilimitada, por cualquier fundamento jurídico, en caso de dolo o negligencia grave, por lesión dolosa o negligente de la vida, el cuerpo o la salud, en virtud de una promesa de garantía, en la medida en que no se haya regulado otra cosa al respecto, o en virtud de responsabilidad imperativa (en particular, conforme a la Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos). Si el Contratista incumple por negligencia una obligación contractual esencial, la responsabilidad se limita al daño previsible y típico del contrato, salvo que conforme a la frase anterior se responda de forma ilimitada. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas que el contrato impone al Contratista, según su contenido, para alcanzar la finalidad del contrato, cuyo cumplimiento posibilita en primer lugar la correcta ejecución del contrato y en cuya observancia el Cliente puede confiar habitualmente. Por lo demás, queda excluida la responsabilidad del Contratista. Las anteriores disposiciones sobre responsabilidad rigen también respecto de la responsabilidad del Contratista por sus auxiliares en el cumplimiento y sus representantes legales.

7.2 El Cliente exime al Contratista de toda reclamación de terceros que se haga valer frente al Contratista a causa de infracciones del Cliente contra estas condiciones contractuales o contra el Derecho aplicable.

8. Fuerza mayor

8.1 Ninguna de las partes responde por retrasos o interrupciones en la prestación que sean atribuibles a sucesos de fuerza mayor. Se consideran fuerza mayor, en particular, las catástrofes naturales, las pandemias, la guerra, las órdenes de las autoridades, así como las interrupciones o modificaciones esenciales en operadores de infraestructuras, proveedores de servicios en la nube o plataformas de IA de terceros que escapen al ámbito de influencia de la parte respectiva.

8.2 La parte afectada debe informar sin demora a la otra parte sobre la aparición y la previsible cesación del suceso de fuerza mayor y adoptar las medidas razonables para minimizar sus efectos.

9. Duración del contrato y resolución

9.1 La duración del contrato y los plazos para la resolución ordinaria se acuerdan individualmente entre las partes.

9.2 El derecho de ambas partes a la resolución sin preaviso por causa justificada no se ve afectado.

9.3 Salvo acuerdo individual en contrario, rigen los siguientes plazos mínimos de duración y plazos de resolución: Los contratos mensuales de mantenimiento y soporte (contratos SLA) tienen una duración mínima de 3 meses desde la celebración del contrato y se prorrogan después mensualmente; la resolución es posible con un preaviso de un mes para el fin de mes. Los contratos de operación para agentes de voz y de chat tienen una duración mínima de 12 meses desde la fecha de puesta en marcha (Go-Live) acordada y pueden resolverse después con un preaviso de 2 meses para el final del contrato. Los contratos de soporte continuado (en particular, retainers de SEO y GEO) tienen una duración mínima de 6 meses desde la celebración del contrato y se prorrogan después mensualmente; la resolución es posible con un preaviso de un mes para el fin de mes.

9.4 El Contratista debe devolver o destruir, a elección del Cliente y sin demora tras la finalización del contrato, todos los documentos, datos y demás contenidos que el Cliente le haya cedido. Queda excluido el ejercicio de un derecho de retención sobre los mismos. Los datos electrónicos deben eliminarse por completo. Quedan exceptuados los documentos y datos respecto de los cuales exista una obligación legal de conservación más prolongada, si bien solo hasta el fin del respectivo plazo de conservación. El Contratista debe confirmar al Cliente, a petición de este, la eliminación en forma de texto.

10. Confidencialidad y protección de datos

10.1 El Contratista tratará de forma estrictamente confidencial todos los hechos de los que tenga conocimiento en relación con el encargo. El Contratista se compromete a imponer del mismo modo la obligación de confidencialidad a todos los empleados y terceros que tengan acceso a la información objeto del contrato. La obligación de confidencialidad rige durante la vigencia del contrato y durante un periodo de tres años tras su finalización. Para la información que goce de protección como secreto empresarial en el sentido de la Ley alemana de protección de secretos empresariales (GeschGehG), así como para los datos personales, la obligación de confidencialidad persiste más allá de dicho periodo mientras dure el interés legítimo en mantener el secreto o lo exijan los requisitos legales.

10.2 El Contratista se compromete a cumplir, en la ejecución del encargo, todas las disposiciones en materia de protección de datos, en particular las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y de la Ley federal alemana de protección de datos (BDSG).

10.3 En la medida en que el Contratista, en el marco de la prestación de servicios, trate datos personales por encargo del Cliente, las partes celebrarán, antes de iniciar el tratamiento, un contrato de encargo del tratamiento (en lo sucesivo, «CET») conforme al art. 28 del RGPD. El Contratista pondrá a disposición a tal efecto un texto estándar de CET correspondiente; este pasará a formar parte del contrato con el inicio del tratamiento. Mientras no se haya celebrado un CET necesario, el Contratista está facultado y obligado a suspender el tratamiento correspondiente; de ello no se derivan para el Contratista consecuencias de incumplimiento de obligaciones ni de mora.

11. Disposiciones finales

11.1 Se aplica el Derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

11.2 Si alguna disposición de estas CGC fuera o llegara a ser ineficaz, la validez del resto de las CGC no se verá afectada por ello.

11.3 El Cliente apoyará al Contratista en la prestación de sus servicios conformes al contrato mediante actos de colaboración adecuados, en la medida en que sea necesario. En particular, el Cliente pondrá a disposición del Contratista la información y los datos necesarios para el cumplimiento del encargo.

11.4 Si el Cliente es comerciante, persona jurídica de Derecho público o patrimonio especial de Derecho público, o no tiene un fuero general en Alemania, las partes acuerdan el domicilio del Contratista como fuero competente para todos los litigios derivados de esta relación contractual; los fueros exclusivos no se ven afectados por ello.

11.5 El Contratista está facultado para modificar estas CGC por motivos objetivamente justificados (por ejemplo, cambios en la jurisprudencia, en la situación legal, en las condiciones del mercado o en la estrategia comercial o empresarial) y respetando un plazo adecuado. Los clientes existentes serán notificados de ello en forma de texto (por ejemplo, por correo electrónico) a más tardar seis semanas antes de la entrada en vigor de la modificación. La notificación indicará expresamente el contenido de la modificación, el momento de su entrada en vigor, el plazo de oposición, así como las consecuencias jurídicas de la oposición o de su ausencia. Si el Cliente no se opone en forma de texto dentro de las seis semanas siguientes a la recepción de la notificación de modificación, su consentimiento se considerará otorgado. En caso de oposición presentada en plazo, tanto el Cliente como el Contratista están facultados para resolver el contrato de forma extraordinaria en el momento de la entrada en vigor de la modificación; hasta la efectividad de la resolución seguirán rigiendo las CGC anteriores. Las modificaciones de las obligaciones principales de prestación o de la remuneración quedan exceptuadas de esta cláusula y requieren el consentimiento expreso del Cliente en forma de texto.

11.6 Es determinante exclusivamente la versión alemana de estas CGC; las eventuales traducciones tienen únicamente carácter informativo.

12. Información sobre la resolución de litigios con consumidores

El Contratista no está dispuesto ni obligado a participar en procedimientos de resolución de litigios ante una junta de arbitraje de consumo.

Puede consultar nuestra dirección de correo electrónico en el encabezado de estas CGC.

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